dijous, 26 de setembre del 2013

LAS PARTICIPACIONES PREFERENTES FUERON COLOCADAS A UN PRECIO SUPERIOR A SU VALOR REAL.


Si ya es fustrante el hecho de que las entidades financieras defraudaran a sus clientes, con perfil conservador y netamente ahorrador, colocándoles Participaciones Preferentes como un producto de ahorro y con plenas garantías sobre el capital, ocultándoles que en realidad era un producto de alto riesgo para sus ahorros, aún lo es más el hecho de que los compradores de las Participaciones Preferentes pagaran por ellas de lo que realmente valían.


Esta realidad no es gratuita y se refleja  de dos informes elaborados por la COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES (CNMV), denominado "INFORME RAZONADO SOBRE EL CASE DE OPERACIONES SOBRE PARTICIPACIONES PREFERENTES Y DEUDA SUBORDINADA EMITIDAS POR BANCAJA Y CAJA MADRID, ENTIDADES INTEGRADAS EN BANKIA"  y el segundo titulado "INFORME SOBRE LA REVISIÓN DE LA OPERATIVA DE CASE DE OPERACIONES ENTRE CLIENTES DE INSTRUMENTOS HIBRIDOS".


Puede consultarse ambos informes en los siguientes links :

INFORME RAZONADO SOBRE EL CASE DE OPERACIONES EMITIDAS POR BANCAJA Y CAJA DE MADRID, ENTIDADES INTEGRADAS EN BANKIA"

INFORME SOBRE LA REVISIÓN DE LA OPERATIVA DE CASE DE OPERACIONES ENTRE CLIENTES DE INSTRUMENTOS HIBRIDOS






La existencia del primero de los informes, fue puesta de relieve al conocimiento público  por el periódico digital Eldiario.es en abril de este año y corresponde a un Informe efectuado por la CNMV en el año 2.013 y que analiza el proceso de colocación de Participaciones Preferentes de las  entidades que constituyeron BANKIA durante los años 2008 a 2.011, concretamente dicho informe de la CNMV pone de relive que el valor de las Participaciones de las entidades CAJA MADRID y BANCAJA estaba inflado deliberadamente respecto al valor real que representaban, se estaban colocando entre los clientes de las entidades prácticamente por su nominal, mientras que la nefasta marcha de los negocios de la entidades del grupo que después integraron el grupo BANKIA implicaba que el valor de dichos títulos debía ser muy inferior. Ello es constitutivo, a parte de un engaño, de un conflicto de intereses entre la entidad y el cliente.


El segundo de los informes,  ha trascendido a través de la publicación electrónica El Confidencial, esta misma semana (25/09/2013). Dicho informe fue elaborado por la CNMV en fecha 26 de septiembre de 2.011. Y al igual que el anterior  pone de manifiesto la existencia de ese desfase entre el valor de venta de los títulos y el valor real de los mismos, en concreto señala que los perjudicados en esta operativa fueron los clientes minorista,   citando a la referida publicación :

Los mayores perjudicados por esta presunta simulación del mercado fueron los inversores minoristas, que cubrieron más del 90% de las emisiones. La CNMV subraya precisamente en el documento al que ha tenido acceso este diario que “se observa una diferencia significativa en el precio de las emisiones dirigidas a mayoristas, en las que el precio cruzado es significativamente inferior al 100%”, un dato que demostraría que los actores del mercado mejor informados no confiaron en la solvencia de estos productos y que explicaría también por qué la comercialización se cebó con los pequeños inversores: no sólo eran los que menos conocían las preferentes, sino también los que más pagaban por ellas

Del contenido de estos extensos informes, podemos extraer nuevas conclusiones :


A) La primera de ellas, es que aportan nuevos argumentos para vestir las demandas judiciales para interesar que se declaren judicialmente resueltos los contratos  y ello en base a un incumplimiento contractual de la entidad que colocó dichos productos, en cuanto que el precio de los títulos vendidos no se ajustaba a su valor real, amen la citada existencia del conflicto de intereses.

b) El papel de la CNMV en todo el proceso de colocación de los títulos, la CNMV estaba en posición de conocer que se estaban colocando fraudulentamente Participaciones Preferentes y Obligaciones Subordinadas entre clientes minoristas y no hizo absolutamente nada. Pensemos que uno de los informes es de septiembre de 2011, por lo que el organismo de control tenía conocimiento de las irregularidades, y que hizo, nada, se guardó los informes, se sentó y esperó a que estallase la problemática de las preferentes. 


Cabe preguntarnos cuando asumirá la CNMV sus responsabilidades por la dejación de sus funciones de control sobre el mercado de valores en anteriores blogs ya hemos comentado está pasividad.



CONTACTO : CARLES PASTOR GARCÍA

Cap comentari:

Publica un comentari a l'entrada

EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA 50-BIS DE BARCELONA FIJA EN EL 23 DE DICIEMBRE DE 2.015 LA FECHA DE INICIO DEL PLAZO DE PRESCRIPCIÓN PARA LA RECLAMACIÓN DE LOS GASTOS HIPOTECARIOS

A la espera de que el TRIBUNAL DE LA UNIÓN EUROPEA (TJUE) resuelva la cuestión prejudicial formulada por el Tribunal Supremo, a fin de deter...