Natalia y Alex, un joven matrimonio con tres hijos, como muchos otros
hogares de nuestro país, se ha visto inmerso
en las dificultades ocasionadas por la crisis. Tres bocas que alimentar, vestir
y educar y una hipoteca que pagar. Evidentemente, se va trampeando como se
puede las obligaciones pero hay un momento que éstas no se pueden atender totalmente, pues
lo primero es alimentar a la familia, “ya veremos cómo lo hacemos para pagar la
letra del piso”.
Ante los primeros impagos, empezaron a recibir los requerimientos de su oficina para
que atendiesen los pagos, más tarde les
empezó a llamar la empresa que gestiona el recobro de BANCO DE SABADELL Lindorff.
Es conocido y legendario su “exquisito
trato, su paciencia y comprensión”, y gracias a ello Natalia y Alex con
privación y esfuerzo llegaron a hacer dos pagos de 350’-€ i 400’-€, pero ello
no era suficiente.
En enero de 2014 Lindorff les invitó a pagar la totalidad de la deuda, sin
determinar el importe adeudado indicándoles que con 10.000’-€ todo quedaría
solucionado, sino se verían obligados a
ejecutar la hipoteca, lo que no les dijo es que en realidad a fecha 3 de enero acababan
de presentar la demanda de ejecución.
Nuestra pareja recurrió a la familia y, gracias al esfuerzo de los mayores,
reunieron 9.800'-€ que el día 24 de enero de 2014 ingresaron en la cuenta de créditos
fallidos de Banco de Sabadell, con el pleno convencimiento de que con ello quedaría
solucionado todo. En realidad con ese pago de 9.800’-€, tal i como se puede
constatar en la resolución judicial cubrían la totalidad de la deuda con un excedente
de 1.124,84’-€ a favor de la pareja
Por parte del Banco les dijeron que
estuvieran a la espera de noticias, noticias que nunca llegaron por parte de la entidad, en el mes de marzo de
2014 lo que les llegó fue la demanda de ejecución hipotecaria, e inmediatamente preguntaron al
Banco que estaba pasando, por toda respuesta les dijeron que estuvieran
tranquilos que todo estaba solucionado.
En enero de 2.015 llegaron nuevas noticias del Juzgado de Primera Instancia
número 4 de Igualada, BANCO DE SABADELL había interesado la subasta de la
vivienda, acudieron a la oficina d BANCO DE SABADELL en Igualada y no pudieron
atender sus peticiones pues la cuenta del préstamo hipotecario había sido
cancelada.
Como último recurso solicitaron abogado de oficio e instaron un incidente
de enervación y rehabilitación del préstamo hipotecario y subsidiariamente nulidad
de actuaciones del despacho de la ejecución, por suerte todo ha terminado bien con la
estimación del incidente de enervación y rehabilitación del préstamo con
imposición de costas a BANC DE SABADELL.
Lo que en realidad pasó queda perfectamente recogido en el auto de fecha de
enero de 2016, que relata cronológicamente lo que ocurre en las actuaciones :
1)
En
fecha 3 de enero de 2014 BANCO DE SABADELL presenta la demanda de ejecución
contra nuestra pareja.
2)
En
fecha 15 de enero de 2014 Alex y Natalia efectúan un ingreso de 400’-€
3)
En
fecha 29 de enero de 2.014 efectúan un segundo ingreso de 9.800’€ con el que
cubren en exceso la deuda.
4)
En
fecha 10 de febrero de 2.014 el Juzgado requiere al banco que fije con
exactitud el saldo adeudado por los ejecutados.
5)
BANC
DE SABADELL no contesta el requerimiento hasta el día 26 de febrero de 2014, y
lo contesta manifestando que los deudores han hecho efectivo un pago de 400, pero nada dicen de los 9.800’-€, con el
que quedaba rehabilitado el préstamo.
6)
El
Juzgado ignorando, a raíz de la información requerida de forma expresa a BANC
DE SABADELL, que la deuda había sido
cubierta despacha la ejecución contra los deudores hipotecarios en fecha 5 de marzo.
7)
Al
recibir el despacho de ejecución los deudores se dirigieron a BAN DE SABADELL y
la entidad les manifestó que el procedimiento seria paralizado ante el pago de
la deuda efectuado y que estuvieran a la espera de noticias.
8)
Noticias
que nunca llegaron, hasta que en enero de 2.015
el Juzgado comunicó a los deudores la Diligencia de
Ordenación por la que se acordaba la subasta de su vivienda.
9)
Personados
instaron los incidentes anteriormente indicados, señalándose para el día 19 de
enero de este año la vista para el incidente de enervación y rehabilitación del
préstamo, con fallo favorable para los deudores.
CARLES PASTOR GARCÍA
carlespastor@icab.cat
618458539
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