dilluns, 17 de febrer del 2014

LA COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES MULTA CON DIECISTE MILLONES DE EUROS AL BANCO DE SANTANDER

 
El Boletín Oficial del Estado del día de hoy (17/02/2014) publica la sanción de dos sendas multas impuestas por la COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES (CNMV)  al BANCO DE SANTANDER en su más que deleznable actuación en la comercialización de los Valores Santander. Valores que fueron emitidos por la propia entidad Presidida por Emilio Botín y comercializados entre sus clientes.
 
La primera sanción es por un importe de DIEZ MILLONES DE EUROS (consulta BOE) y  se impone por una infracción muy grave, porque la entidad financiera infringió la obligación de " no disponer de la información necesaria sobre sus clientes en el proceso de suscripción de valores". 
 
La segunda sanción,  por importe de SEIS MILLONES NOVECIENTOS MIL EUROS (consulta BOE), se impone por una infracción calificada como grave por el organismo regulador. Y ello, por dos motivos, el primero por existencia de conflicto de intereses entre la entidad financiera, sin que ésta adoptara su actuación a lo establecido en el artículo 70 quarter de la Ley del mercado de Valores y,  el segundo motivo, por infracción de los deberes de información establecidos en el articulo 79 bis de la citada  normativa.
 
 
 
 
Aunque tarde, sorprende que la CNMV actue ante los desmanes realizados por el BANCO DE SANTANDER en el año 2007 durante el proceso de colocación de estos productos y que ha reportado para los afectados un 55 % de perdida en el valor de lo invertido.
 
 
Merece la pena recordar que, todo ello responde a una operación financiera diseñada por el BANCO DE SANTANDER para la adquisición del  el BANCO HOLANDES ABN AMRO mediante la emisión de los llamados "Valores Santander" por importe de siete mil millones de Euros. Operación cuyo diseño implicaba el traslado del riesgo al cliente inversor (conflicto de intereses) y sin perjuicio alguno para el BANCO DE SANTANDER. Quien, en verano de 2007, puso en marcha una agresiva campaña de colocación de los valores entre sus clientes de perfil conservador, en las que brillo la ausencia de información sobre la naturaleza del producto y los riesgos asumidos en su contratación.
 
Esta dos afirmaciones no son gratuitas, responden a la realidad de los hechos y la propia CNMV ha venido avalar, con su sanción, el reprochable comportamiento de BANCO DE SANTANDER.
 
Si bien estas dos resoluciones sancionadoras (que aún no han adquirido firmeza) no van a devolver el dinero perdido a los que en su día fueron enbaucados en la contratación del producto, si tienen una importancia más que notable, ya que bienen a objetivar la correcta actuación de BANCO DE SANTANDER en la colocación de este producto.

Todo ello,  consolida y refuerza los argumentos esgrimidos por aquellos perjudicados que se encuentran inmersos en un proceso judicial encaminado a la obtención de la anulación de los contratos y, a su vez, marca una senda más clara y con mayores garantías de éxito, para todos aquellos afectados que no han iniciado acciones judiciales contra la entidad BANCO DE SANTANDER


CONTACTO : carlespastor@icab.cat

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