La entidad BANKIA recompró Participaciones Preferentes y Deuda
Subordinada por un valor superior al 79 % de su valor real . Así lo deja
claro el informe Banco de España, del 7 de marzo de 2012 ( al que puede accederse a través de Cinco Dias). En dicho
informe, se pone de relieve que expertos independientes valoraron el valor de
los títulos en el 21 % de su valor nominal, y aún conociendo esta realidad Bankia fijó el preció de
recompra en el 100 % del valor nominal.
Ello se enmarca en la Operación de Recompra de Participaciones Preferentes y
Obligaciones Subordinadas y Canje por Acciones de Bankia y que la entidad
Bankia efectuó en marzo de 2008. A groso modo, la operación se ajustaba a las
las siguientes condiciones : En el momento de aceptar la oferta el cliente
recibiría el 75 % de lo invertido en acciones de Bankia, llegando hasta el 100
% de la inversión si se mantenía la titularidad de las acciones hasta junio de este
año. Puede consultarse las condiciones de la operación en el hecho relevante de 26 de marzo de 2.012, que figura en
los registros de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
Cabe preguntarse a qué responde esta estrategia, que a priori parece
favorecer el interés de los preferentistas y titulares de Obligaciones
Subordinadas, ya que a primera vista se presenta como una oportunidad para que
los titulares de Participaciones Preferentes y Obligaciones Subordinadas
recuperaren su inversión. Todo ello no es sino una estrategia, un nuevo
engaño a los clientes de la entidad, que tiene como finalidad evitar la
avalancha de reclamaciones judiciales por parte de los clientes minoristas por
la incorrecta comercialización de las Obligaciones Subordinadas y
Participaciones Preferentes.
Esta finalidad y el reconocimiento de la incorrecta comercialización obra
en el informe del Banco de España citado y que transcribimos a continuación :
"En la medida en que
hubieran sido comercializadas como si fueran depósitos y eso se demostrara
judicialmente, habría que tratarlos como tal, por lo que tendría sentido recomprarlos
al valor nominal aunque su valor razonable fuera muy inferior"
Ello nos permite considerar la operación de Recompra de Participaciones
Preferentes y Canje por Acciones de BANKIA, como un truco de trileros a
fin de que mediante un precio atractivo (valor nominal de los títulos) los
afectados "picaran" y cancelaran sus contratos de compra de
Participaciones Preferentes y Obligaciones Subordinadas y suscribieran otros de
nuevos, con todas las formalidades exigidas por la normativa MiFID. Con la
intención, por parte de BANKIA, de dejar sin efecto los primeros y dificultar
las reclamaciones judiciales de los afectados, ya que en cierto modo dichos contratos
serían convalidados al ser substituidos voluntariamente, por los perjudicados,
por otros nuevos contratos.
Evidentemente existe un conflicto de intereses entre las finalidades de
BANKIA y los intereses de los clientes que suscribieron la oferta, a la par que
se produce un flagrante incumplimiento de los deberes de información que
establece la Ley del Mercado de Valores, en especial el ocultamiento el
valor real de los títulos recomprados.
Dicho ocultamiento es esencial, a nadie se le escapa que es muy extraño el hecho que una entidad
financiera esté dispuesta a pagar a un cliente un 79 % más del valor de un
producto. Sin duda de haber sido informado de ello los clientes habrían sin duda
sospechado de que lo que se les estaba ofertando iba en perjuicio suyo.
La respuesta judicial, en primera instancia, está siendo positva y acoge las pretensiones de los clientes perjudicados. Estimando, en primer término , la rescisión del contrato originario por el que se adquirieron las Participaciones Preferentes y las Obligaciones Subordinadas y, en segundo lugar, declara rescindida la aceptación de la Oferta de Recompra y Canje al considerar que dicha contratación es un acto subsiguiente de un primer contrato declarado nulo.
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