dijous, 6 de juliol del 2017

ESTA SEMANA CAEN DOS NUEVAS SENTÈNCIAS QUE CONDENAN A CAIXABANK Y A BANKIA A LA DEVOLUCIÓN DE LOS GASTOS DE HIPOTECA

Se va confirmando la tendencia, de los tribunales de Primera Instancia de no apartarse del criterio de la  Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 23 de noviembre de 2.015, en la  anulación de  la cláusula de gastos de la hipoteca, por abusiva e imponer a las entidades financieras la devolución de los gastos vinculados a la constitución del préstamo con garantía  hipotecaría  (honorarios notariales, aranceles del registro de la propiedad, impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados).

Estas dos sentencias se suman a las siete ya  conseguidas por este despacho (nueve en total)  y a las que hacíamos referencia en nuestro post anterior.  BBVA CONDENADA, UNA VEZ MÁS, A LA DEVOLUCIÓN DE LOS GASTOS DE HIPOTECA I A LA DEVOLUCIÓN DE LA CLÀUSULA SUELO


El lunes nos notificaron la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 13 de Barcelona de fecha de  30 de junio de 2.017. En la sentencia se anula la cláusula que impone al consumidor los gastos vinculados a la constitución de la hipoteca y  condena  CAIXABANK  a la devolución de los gastos vinculados a la hipoteca. Además anula las cláusulas que imponen al cliente los gastos de reclamación judicial por impago de cuotas, la cláusula de vencimiento anticipado y la cláusula de intereses moratorios, al establecer este un tipo de interés superior al 20 %. Lástima que para hacer el pleno no sea considerada como abusiva la cláusula referente al índice IRPH Cajas, está cuestión está abierta y será objeto de una larga batalla en los juzgados.




Y, ayer miércoles 5 de julio, se nos ha notificado la sentencia de fecha 28 de junio de 2.017 del Juzgado de Primera Instancia número 26  de Barcelona, en esta sentencia el Juez anula las cláusulas de gastos vinculados a la hipoteca y la cláusula de vencimiento anticipado, condenado a BANKIA  a la devolución de la cantidad de 3.242,62’-€.


Solo para acabar, parece que la Banca, por la razón que sea  (tal vez por el importe, o vete a saber por qué) asume las condenas, ya que no está formulando recurso contra las mismas, dos de ellas ya alcanzado su firmeza.


Carles Pastor García
ADVOCAT ICAB 36.142
carlespastor@icab.cat


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