El Juzgado de
Primera Instancia número 6 de Granollers en sentencia de fecha 21 de diciembre
de 2016 ha anulado las cláusula la clausula suelo con plenos efectos
retroactivos y ha anulado la cláusula que imponía al cliente los gastos
vinculados a la hipoteca, y en consecuencia ha condenado a BBVA a :
- · Devolución al cliente de la cantidades pagadas de más por la aplicación de la clàusula suelo des de la constitución del préstamo hipotecario
- La devolución al cliente de la cantidad de 3.371'-€, por los importes indebidamente pagados en concepto de gastos de notario, escrituras y la cuota del Impuesto Sobre Actos Jurídicos Documentados.
Esta sentencia me
permite hacer una reflexión sobre una problemática que afecta a la totalidad de
los clientes bancarios que han contratado una hipoteca con una entidad
financiera. Ya que a todos, (con
independencia de que tengan una cláusula suelo o no, un IRPH entidades, Cajas o Bancos,...) las entidades
financieras impusieron en su día le pago de los aranceles de notario, registro
de la propiedad y el pago del impuesto sobre Impuesto Sobre Actos Jurídicos
Documentados. Gastos, que como ya determinó claramente la Sentencia de 23 de diciembre
de 2.015, se efectúan en interés de la entidad financiera y por tanto le
corresponden a ella.
El importe medio
de estos gastos se mueve entre 2.500’-€ a 3.000’-€, debemos considerar que su
fijación está en función de la cuantía del préstamo y que la partida más
importante corresponde al Impuesto Sobre Actos Jurídicos Documentados, ya que
se aplican sobre el capital tipos que oscilan entre el 1 % al 1,7 % (en función
de la comunidad autónoma y la fecha de contratación)
Mi recomendación es
efectuar reclamación a las entidades financieras por estas cantidades
indebidamente pagadas, es un caballo ganador seguro refrendado por la normativa
de protectora de consumidores y usuarios y por la Jurisprudencia de
nuestro Tribunal Supremo y el Tribunal
de la Unión Europea.
Podéis realizar
cualquier consulta al respecto a : carlespastor@icab.cat
CARLES PASTOR- ADVOCAT-
618458539